La sesión dio inicio con 89 asambleístas, para considerar el dictamen de la comisión nº 7 que entiende en los artículos relacionado con Docencia, investigación, posgrado y Extensión.
La comisión presentó una nueva redacción para dos artículos que, en la anterior sesión, la asamblea había solicitado que se modificaran.
En primer lugar se abordó el Art. 88, que plateaba una innovación respecto al actual Estatuto y preveía la posibilidad de otorgamiento, por vía de los consejos directivos, de la eximición parcial o total de actividades de docencia -por un período acotado, para la realización de actividades de formación docente. Luego del debate y con algunas modificaciones propuestas por el cuerpo, se sometió a votación pero no obtuvo los 79 votos necesarios para ser incluido en el Estatuto.
A continuación se puso a consideración el Art. 99 de la Comisión, referido al propósito de la Extensión Universitaria. Tras una larga discusión los consejeros de Filosofía y Letras propusieron una redacción alternativa a la presentada por la comisión y, con diversos aportes, se consensuó y aprobó, con 90 votos, el siguiente texto:
“El propósito de la extensión universitaria es la construcción de espacios de diálogo por parte de la comunidad universitaria en su conjunto, entre los saberes sistematizados de la academia y los de diversos actores sociales, aportando un servicio a la comunidad de la cual se sustenta. Como función articulada con la docencia y la investigación pretende aportar a la inclusión, la calidad de vida, la promoción de los derechos humanos y el fortalecimiento de lo público y la democracia.”